No es necesario que la familia siga las mismas pautas que la persona afectada por un trastorno de la conducta alimentaria, pero sí que es facilitador que sigan unas pautas saludables similares y coherentes con las pautas terapéuticas.
En algunos casos están indicadas unas pautas específicas para la supervisión externa cuando la persona afectada por un trastorno de la conducta alimentaria presenta muchas dificultades para controlar la sintomatología.
No. Hay unos objetivos concretos para el ingreso de una persona con un trastorno de la conducta alimentaria, pero, una vez logrados, debe continuar haciendo tratamiento con otra modalidad como el hospital de día o el ambulatorio.
El tratamiento ambulatorio es generalmente la primera intervención terapéutica en los trastornos de la conducta alimentaria. Incluye el tratamiento psicológico, psiquiátrico y de enfermería.