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¿Cuáles son los principales cambios que recoge la Ley de 2021 en cuanto a medidas de apoyo?

Judith Franco
Judith Franco Arrese
Abogada. Referente jurídica con funciones de coordinación
Fundació Malalts Mentals de Catalunya

La Ley 8/21 implicó el cambio de paradigma de los modelos de sustitución a los procedimientos de apoyo a la toma de decisiones. 

  • Declaró la supresión de la incapacitación y de los procedimientos de la modificación judicial de la capacidad de obrar. 
  • Estableció, como novedad, el procedimiento de jurisdicción voluntaria para el establecimiento de los apoyos.
  • Modificó el Código Civil Español en cuanto a las figuras de apoyo. En Catalunya, se hizo a través del Decret Llei 19/21 de 31 de agosto, y existen, por tanto, figuras de apoyo distintas. en las dos normativas. 
  • Se elimino así del ámbito de la discapacidad las figuras de la tutela, prórroga y rehabilitación potestad parental. 
  • Se establece la curatela como principal medida de apoyo de origen judicial para las personas con discapacidad en España y la asistencia en Catalunya (Decret Llei 19/21), como medidas formales y estables de apoyo. La curatela puede ser asistencial o representativa y la asistencia puede ser de acompañamiento, de colaboración o representativa. Existe como medida puntual el defensor judicial y en España se regula de forma expresa la guarda de hecho. 
  • A la hora de concretar los apoyos, la nueva regulación otorga preferencia a las medidas voluntarias. 
  • Se garantiza también el derecho a la accesibilidad, y se introdujo también en las leyes procesales las adaptaciones y ajustes en los procedimientos en que participen personas con discapacidad, con independencia de si lo hacen en calidad de parte o en otra distinta y que se llevarán a cabo en todas las fases y actuaciones procesales en las que resulte necesario, incluyendo los actos de comunicación y también se menciona expresamente que se permitirá que la persona con discapacidad, si lo desea y a su costa, se valga de un profesional experto que a modo de facilitador realice tareas de adaptación y ajuste.
  • Obliga a revisar todas les sentencias dictadas con anterioridad a la entrada en vigor, en un término máximo de tres años, recientemente ampliado por la disposición final 5ª de la Ley de Defensa en tres años más. 
  • Obliga a revisar todas las medidas acordadas con la nueva legislación en un plazo de tres a seis años y antes, si fuera necesario o hubiere algún cambio que así lo aconseje.
respetar decisones

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