- ¿Puedo empezar a tramitar medidas de apoyo para una persona de 17 años, pensando que cuando sea mayor de edad necesitará ayuda en algunos ámbitos?
- ¿Qué asistencia ofrecen las fundaciones y cómo funcionan?
- ¿Qué son y para qué sirven las medidas de apoyo?
- ¿En qué consiste la figura del asistente y cuáles son sus funciones?
- ¿Cuáles son los principales cambios que recoge la Ley de 2021 en cuanto a medidas de apoyo?
- ¿Cómo se puede pedir una asistencia?
- ¿Quién puede pedir una medida de apoyo?
- ¿Cuándo es recomendable solicitar una asistencia?
- ¿Quién define si una persona necesita una medida de apoyo y qué criterios utiliza para determinarla?
- ¿Qué debo hacer para informar que una persona que tiene las medidas de apoyo concedidas no está recibiendo los cuidados adecuados?
- ¿Quién proporciona las medidas de apoyo?
- ¿Dónde puedo obtener el documento que debo llevar al Juzgado para proponer medidas de apoyo?¿Qué más tengo que llevar?
- ¿Qué pasa si la persona no quiere medidas de apoyo, pero la família vemos que las necesita?
- Si la persona acepta la vía notarial y no se trata de una asistencia representativa, ¿es necesario hacer poderes generales?
- ¿Hay alguna medida concreta para ayudar a alguien a gestionar su economía?
- ¿Se puede solicitar que se revisen las medidas de apoyo cuando vemos que la persona ha mejorado y quizás ya no las necesita?
¿Quién define si una persona necesita una medida de apoyo y qué criterios utiliza para determinarla?
Las medidas de apoyo son preferiblemente voluntarias, por lo que hay que procurar que la propia persona que las necesita pueda establecerlas, ya sea bien a través del procedimiento judicial o bien, si reside en Cataluña, a través del documento notarial de constitución de Asistencia.
Ahora bien, cuando es un juez quien, mediante un auto, tiene que resolver sobre el establecimiento de las medidas de apoyo, lo hará valorando la prueba practicada en el procedimiento y tendrá que considerar si las medidas de apoyo a acordar, en su caso, responden a las necesidades de la persona y son proporcionales a esas necesidades; si respetan la autonomía de la persona en el ejercicio de su capacidad jurídica; y si se atiende a su voluntad, deseos y preferencias.
