¿Qué es el plan de apoyos y cómo se elabora?

Resumen
La Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, firmada en Nueva York, el 13 de diciembre de 2006, introdujo un cambio de paradigma en la concepción de la discapacidad.
La principal premisa de la Convención es que todas las personas tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones que el resto, en todos los aspectos de su vida; y su propósito es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad que, como personas, les es inherente.
El cambio de modelo en el tratamiento jurídico de la discapacidad promovido por la Convención de Naciones Unidas ha provocado una de las reformas con más trascendencia de nuestro ordenamiento jurídico, que se materializó con la aprobación de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la cual se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica
La nueva regulación en materia de capacidad jurídica entiende la discapacidad como una cuestión de derechos humanos, convirtiendo a las personas con discapacidad en auténticos sujetos de derecho y no en meros receptores de servicios asistenciales. Este cambio implica que la persona con discapacidad, no solo tiene que ver garantizados todos sus derechos, y los tiene que poder ejercer en igualdad de condiciones, sino que, también, tiene que cumplir todos los deberes y obligaciones que como sujeto de derecho tiene atribuidas.
Las entidades que apoyan en el ejercicio de la capacidad jurídica acompañan a las personas en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones, siempre que sea posible, atendiendo su voluntad, deseos y preferencias.
El nuevo procedimiento de provisión de medidas de apoyo abandona el tradicional sistema de incapacidad con figuras como la tutela y la curatela, a menudo muy proteccionistas y paternalistas, y pasa a determinar aquellos apoyos específicos que cada persona pueda precisar en los diferentes ámbitos de su vida y que le tienen que permitir desarrollarse en igualdad de condiciones que el resto.
La misión de las entidades que apoyan al ejercicio de la capacidad jurídica, a través de la figura de la asistencia, es acompañar a las personas en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones, siempre que sea posible, atendiendo su voluntad, deseos y preferencias. El ejercicio de la asistencia tiene que tener como finalidad permitir el pleno desarrollo de la persona en condiciones de igualdad, así como fomentar que esta pueda ejercer su capacidad jurídica con menos apoyos en un futuro.
La reforma legislativa es un paso importante y esencial, pero tiene que ir acompañada de un proceso madurativo de cambio en la sociedad, de la visión social de las personas con diversidad y de su capacidad para tomar decisiones.
¿En qué consiste el pla de apoyos?
En este marco se sitúa el plan de apoyos: un documento que se desarrolla con el objetivo de ayudar a la persona en su proceso de recuperación y bienestar, elaborado en colaboración con ella y, si se valora y en función de la asistencia otorgada, por sus familiares. Esta elaboración conjunta es la pieza clave del procedimiento, dado que permite que quede recogida la voluntad de la persona y que esta esté comprometida con los objetivos que se establecen en el plan y se haga corresponsable de su cumplimiento.
Es por este motivo que es fundamental que la persona esté informada e implicada, que se utilice un lenguaje claro y comprensible y que se realicen tantas adaptaciones como sean necesarias.
Para elaborar el plan de apoyos, se tiene que partir de:
- La voluntad de la persona.
- El contenido de la resolución de provisión de medidas de apoyo, ya sea en un procedimiento judicial o notarial.
- La identificación de los ámbitos en los que la persona precisa de apoyo para ejercer su capacidad jurídica.
- Las facultades conferidas a quienes ejercen los apoyos en cada ámbito.
El plan de apoyos se establece al inicio de la medida y es un documento que va cambiando en función de las necesidades y deseos de la persona, pero también de su evolución. Para que la persona pueda lograr sus proyectos vitales, hará falta que los y las profesionales referentes permanezcan atentos a sus necesidades y se sitúen en un plano de igualdad, sin actitudes paternalistas y utilicen herramientas como la escucha activa y la empatía.
El plan de apoyos se desarrolla con el objetivo de ayudar a la persona en su proceso de recuperación y bienestar, elaborado en colaboración con ella y, si es necesario, con la familia.
En la fase inicial, cuando se establecen las medidas de apoyo, lo más importante es conseguir crear vínculo con la persona. Hace falta una base de confianza mutua que, inicialmente, puede no existir, puesto que los apoyos establecidos no siempre son vividos de manera positiva por la persona. Establecer el vínculo y empezar a trabajar los objetivos desde esta base es esencial.
¿Cómo elaborar el plan de apoyos?
Para la elaboración del plan de apoyos y para que la persona pueda ejercer su plena capacidad jurídica, habrá que tener en cuenta diferentes aspectos de su vida, como pueden ser:
- Dónde reside: de manera autónoma, con la familia, en un recurso residencial o asistencial.
- El diagnóstico: deterioro cognitivo, trastorno mental y/o discapacidad.
- Su capacidad económica: ingresos que pueda percibir (nómina, pensión, ingresos provenientes de bienes materiales, etc.).
Algunos de los elementos habituales que se trabajan en el plan de apoyo pueden ser:
- La identificación de las necesidades de la persona, así como también de las dificultades que presenta, para poder adecuarlo a lo que realmente necesita.
- La definición de los objetivos que se quieran lograr, tanto a corto como a medio o largo plazo, teniendo siempre en cuenta que se pueden modificar, cambiar o eliminar a medida que la situación de la persona cambie.
- La inclusión de las acciones necesarias que permitan el logro de estos objetivos: definir qué actividades tendrá que llevar a cabo la persona, o a qué recursos hará falta que se vincule, para poder, por ejemplo, tener una buena adherencia al tratamiento farmacológico, para mantenerse abstinente de tóxicos, para hacer un proceso de aceptación de su enfermedad o trastorno o para mejorar sus relaciones interpersonales.
- La integración social de la persona: es clave para su desarrollo personal, y el plan de apoyo tiene que contener si mantiene una red propia de apoyo o hay que incidir en la inclusión en el ámbito comunitario, si ella lo desea.
- Los recursos económicos de que dispone y cómo hacer una buena gestión de ellos.
Por eso, se necesario hacer un seguimiento y evaluación periódicos, basados en indicadores que ayuden a medir el logro de los objetivos, así como también mantener coordinaciones periódicas con las entidades o los recursos externos.
Hay que tener en cuenta que el plan de apoyos es un elemento vivo, cambiante y modificable, siempre que la persona lo desee, y, por lo tanto, se ha ir adaptando a sus necesidades y a su voluntad.
El plan de apoyos se tiene que entender como una herramienta y una guía en constante evolución a lo largo de la trayectoria vital de la persona, que puede ser muy útil para la mejora continua de la atención y el acompañamiento a las personas que reciben apoyo al ejercicio de la capacidad jurídica.
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